NEXT GENERATION
Ayudas Next Generation EU
NEXT GENERATION
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que fija la hoja de ruta del Gobierno para canalizar los 140.000 millones de euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) -principal eje del Fondo Europeo Next Generation-, lleva unos meses en marcha. Sin embargo, aún resulta desconocido para la mayoría de las empresas españolas y apenas un 27 % sabe cómo optar a estas ayudas.
Hablamos de unos 70.000 millones de euros que, a través de subvenciones a fondo perdido, se concederán, en su mayor parte, en el período 2021-2023. “El proceso de publicación de convocatorias, que comenzó el segundo semestre del año pasado, se reanudará durante este ejercicio 2022, por lo que conviene que las empresas interesadas aceleren la revisión de sus propuestas e iniciativas de inversión”, está previsto que la convocatoria se haga pública antes de finalizar el segundo semestre de este año, por lo que las empresas que pretendan optar a estas subvenciones, deben de tener preparado todo su proyecto antes de que se publique o, LLEGARÁN TARDE.
Las convocatorias las podrán publicar tanto la Administración Estatal, como la Autonómica y Loca), en función de sus competencias, y todas ellas aparecen en el portal de subvenciones de Hacienda. Aunque cada una establece unos requisitos específicos en función del beneficiario al que se dirige, existen unos criterios comunes:
– Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
– No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea y
– No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley general de subvenciones
Del mismo modo, los proyectos que aspiren a acceder a los fondos Next Generation han de contribuir a la consecución de cuatro ejes definidos en el PRTR:
– Transformación digital,
– Transición ecológica,
– Cohesión social y territorial, y
– La igualdad.
Estos cuatro ejes, se descomponen en 10 políticas palanca y 30 componentes, cada uno de los cuales prevé, a su vez, la realización de determinadas reformas y la ejecución de inversiones específicas por materias, cuyo cumplimiento habrá de acreditarse semestralmente ante la Comisión Europea.
La adjudicación de las ayudas puede hacerse:
– Mediante concurrencia competitiva, en cuyo caso se otorgará la subvención a los mejores proyectos, o
– Mediante concurrencia simple, de modo que las subvenciones se adjudican por orden de presentación de las solicitudes.
En ambos casos los plazos para postular desempeñan un papel determinante, porque aunque una buena parte de las ayudas se están convocando de manera abierta hasta finales de 2023, muchas otras ofrecen plazos más breves, que rondan solo los 20 días.
Por lo que teniendo por delante subvenciones de gran cuantía, pero con plazos inferiores a un mes para presentar la solicitud, es aconsejable anticiparse, “evaluar las opciones reales, elaborar un proyecto que permita innovar y con impacto, estar bien informado y preparar adecuadamente la documentación que hay que presentar junto con las correspondientes solicitudes”.
EFECTOS FISCALES DE LAS SUBVENCIONES DE LOS FONDOS NEXT GENERATION
• NO ESTÁN EXENTAS. Las subvenciones provenientes de los fondos europeos tendrán el mismo tratamiento contable y fiscal que cualquier otra subvención. “El PRTR no contemplan ningún tipo de exención tributaria para estas ayudas”.
• SUJETAS A IVA. La Ley General de Subvenciones establece en su artículo 31 que en ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Por tanto, “en el caso de que para la empresa o entidad beneficiaria el IVA sea deducible, éste gasto no será subvencionable.
• VINCULACIÓN. Los efectos de las subvenciones en el IVA tienen lugar en la medida en que estén vinculadas directamente al precio de las operaciones sujetas a este tributo que realice su perceptor. «Estas subvenciones se integrarán en la base imponible siempre que exista una relación directa entre la prestación del servicio o entrega del bien y la subvención recibida”.
Intervienen:
Inmaculada Arenas
Consultora en Relaciones Laborales
Humberto Sánchez
Consultor en Gestión Empresarial
David Lorenzo
Consultor en Marketing Digital
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